
El cáñamo y los productos derivados del cáñamo pueden cruzar la frontera y circular en el comercio, pero solo con la documentación correcta y la clasificación arancelaria correcta. Nosotros nos encargamos de la parte aduanal para que tu embarque se mueva dentro de los límites federales y estatales, no por encima de ellos.
Este es un servicio que pone el cumplimiento primero, y lo primero que un agente aduanal honesto te dirá es dónde está la línea. La marihuana sigue siendo una sustancia controlada de la Lista I (Schedule I) bajo la ley federal, por lo que no puede pasar legalmente por CBP ni cruzar la frontera entre Estados Unidos y México en ninguna dirección, sin importar lo que permita un estado. Lo que sí puede circular es el cáñamo industrial y los productos derivados del cáñamo que arrojen resultados iguales o menores a 0.3 por ciento de delta-9 THC sobre base de peso seco, según lo define la Ley Agrícola (Farm Bill) de 2018. Esa distinción lo es todo.
Nos encargamos del despacho aduanal y de la documentación para bienes de cáñamo y derivados del cáñamo que son legales, y coordinamos el transporte en cumplimiento para operadores de cannabis con licencia que mueven producto dentro de un mismo estado bajo las reglas de rastreo y trazabilidad (track-and-trace) de ese estado. Equivócate en la clasificación, las pruebas o el papeleo y no estarás ante una simple demora, estarás ante una incautación, un decomiso y una remisión que no quieres tener. Mantenemos el expediente limpio para que tu embarque permanezca legal en cada punto de revisión.
Comenzamos con el producto, el origen y los resultados de laboratorio. Cáñamo o marihuana, importado o intraestatal, ingerible o industrial. Esto determina si puede cruzar la frontera o no, y cuáles agencias tienen voz en el asunto.
Asignamos la clasificación arancelaria (HTS) correcta, reunimos el COA, la licencia y el papeleo de origen, y preparamos por anticipado todo lo que el USDA, la FDA o CBP probablemente van a solicitar antes de que el camión llegue a la línea fronteriza.
Presentamos el pedimento en ACE, confirmamos la cobertura de la fianza y gestionamos la revisión de CBP y de las PGA. Si surge una retención o un reconocimiento, respondemos rápido con un expediente que ya anticipa la pregunta.
Recibes registros de entrada organizados, documentación de las pruebas y comprobantes de cadena de custodia resguardados durante el periodo requerido, para que una auditoría o inspección posterior encuentre un rastro limpio y consistente.
Aérea, terrestre y consolidada. →
Pedimentos, HTS, ISF y aranceles. →
Servicio de despacho y logística. →
Servicio de despacho y logística. →
Servicio de despacho y logística. →
Logística de cruce en Otay Mesa. →
No. La marihuana es una sustancia controlada de la Lista I (Schedule I) bajo la ley federal, y CBP aplica la ley federal en la frontera sin importar las reglas estatales. No se puede importar ni exportar por San Diego, Otay Mesa ni ningún otro puerto. Intentarlo arriesga incautación, decomiso y remisión penal. Solo el cáñamo y los productos derivados del cáñamo iguales o menores a 0.3 por ciento de delta-9 THC pueden cruzar legalmente.
Como mínimo, un certificado de análisis de un laboratorio acreditado que demuestre que el nivel de delta-9 THC es igual o menor a 0.3 por ciento sobre base de peso seco, la comprobación de que el producto proviene de una fuente de cáñamo con licencia, y el papeleo de importación estándar para el despacho. Los productos ingeribles o tópicos agregan consideraciones de la FDA, como el aviso previo (prior notice) y la revisión del etiquetado. Te decimos exactamente qué necesita tu embarque específico antes de que se mueva.
El cáñamo se clasifica bajo la Tarifa Armonizada (HTS) según su forma, ya sea fibra en bruto, semilla, extracto o producto terminado, y cada forma tiene su propio tratamiento arancelario y sus propios requisitos de agencia. Acertar con la clasificación arancelaria es lo que mantiene el despacho limpio y el arancel correcto. Lo clasificamos con precisión en lugar de adivinar, porque una fracción equivocada invita a una retención.
Coordinamos logística en cumplimiento para operadores con licencia que mueven producto de forma intraestatal bajo el sistema de rastreo y trazabilidad (track-and-trace) de California, manteniéndose dentro del marco regulatorio estatal. Eso es distinto de aduanas, ya que el cannabis no puede cruzar la frontera ni las líneas estatales. Mantenemos los dos mundos claramente separados para que nada termine por accidente donde no está permitido.
CBP puede retenerlo para pruebas o revisión de documentación, con frecuencia por el nivel de THC o por una cuestión de etiquetado. Cuando tu expediente ya trae un COA que coincide, la licencia y la clasificación correcta, respondemos la pregunta con rapidez y el embarque se mueve. Cuando el papeleo es escaso o inconsistente, las retenciones se convierten en reconocimientos e incautaciones. La preparación antes de que salga el embarque es lo que evita eso.
Envíe los detalles de su envío y un agente bilingüe responde rápido, normalmente en un día hábil.